¿Cómo podemos prevenir Pisos Turísticos en nuestra comunidad de vecinos?

Observamos con preocupación cómo la falta de intervención del Ayuntamiento de Logroño y la Comunidad Autónoma de La Rioja permite la proliferación sin control de viviendas turísticas con las consecuencias que ya sabemos: 

  • Encarecimiento de Viviendas
  • Transformación del centro histórico en parques temáticos para turistas
  • Pérdida de Identidad Cultural, comercio local y tejido Social
  • Impacto en la Calidad de Vida y Tranquilidad Vecinal
  • Inseguridad Jurídica y Defensa de Comunidades de Vecinos/as

Así que compartimos este contenido desarrollado desde la plataforma ciudadana Lamataobras, de Valencia, que llevan desde 2023 informando y asesorando contra la proliferación de apartamentos turísticos en la ciudad, especialmente en los bajos comerciales.

Pasos a seguir:

  1. Haced una junta de propietarios/as y  modificad los estatutos
  2. Necesitáis el acuerdo de las tres quintas partes de la cuota de propietarios/as
  3. El acta debe ser elevada a documento público (notaría)
  4. Llevadlo al registro de la propiedad.

¿Cómo se pueden cambiar los estatutos?

Según los estatutos que se quieran votar, se necesitará o unanimidad o mayoría de las tres quintas partes de cuota de propietarios/as.

Para prohibir o limitar las viviendas y bajos turísticos SÓLO necesitas las tres quintas partes de cuota de propietarios.

Importante:

  • El cambio de estatutos no tiene carácter retroactivo, sin embargo, si todavía están en obras, estáis a tiempo de cambiar los estatutos
  • Normalmente los vecinos morosos no tienen derecho a voto (incluido el bajo si no ha pagado la cuota de comunidad). Pero se puede modificar y dar derecho a voto si así lo decidís.
  • Los vecinos/as con derecho a voto que no se presenten a la junta, pueden dar poderes para que otra persona vote por ellos.
  • Si hay algún vecino/a que no se presenta y no vota, hay que dar un plazo de 30 días y si no se pronuncia, su voto contará como positivo

¿Qué se puede regular en los estatutos sobre las viviendas turísticas?

En los estatutos se pueden regular diversos aspectos relacionados con las viviendas turísticas, como:

  • Prohibir o limitar el alquiler turístico: La comunidad de propietarios puede prohibir o limitar el alquiler turístico en el edificio.
  • Establecer requisitos para el alquiler turístico:  como la obtención de una licencia o el cumplimiento de determinadas normas de comportamiento.
  • Cuotas especiales: podéis exigir que se establezcan cuotas especiales con un incremento en la participación de los gastos comunes en los inmuebles donde se realice dicha actividad, con el incremento máximo permitido por la ley, que en este caso es 20%.
  • También se pueden prohibir actividades que generen inseguridad o ruidos.

¿Qué ventajas tiene regular las viviendas turísticas en los estatutos?

Regular las viviendas turísticas en los estatutos puede tener diversas ventajas, como:

  • Mayor control sobre el alquiler turístico: La comunidad de propietarios/as puede controlar mejor el alquiler turístico y evitar problemas como el ruido, la suciedad o la molestia a los vecinos/as
  • Protección del derecho a la vivienda: La comunidad de propietarios/as puede proteger el derecho a la vivienda de los residentes, evitando que el alquiler turístico convierta el edificio en un hotel.
  • Mejora de la convivencia: La regulación del alquiler turístico puede contribuir a mejorar la convivencia en la comunidad de propietarios/as.

¿Qué inconvenientes tiene regular las viviendas turísticas en los estatutos?

Regular las viviendas turísticas en los estatutos puede tener algunos inconvenientes, como:

  • Dificultad para obtener la mayoría cualificada: Puede ser difícil obtener la mayoría cualificada de los votos de los propietarios para cambiar los estatutos.

En resumen:

La regulación de las viviendas turísticas en los estatutos es una herramienta que puede ser útil para controlar el alquiler turístico y proteger el derecho a la vivienda de la ciudadanía

Recursos útiles:



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