Guía: ¿Qué es una ZPAE?

El pasado 18 de Junio de 2024 se publicó finalmente la aprobación de las Zonas de Protección Acústica Especial (ZPAE) de Logroño. Una de ellas engloba gran parte de las calles del Casco Antiguo.

¿Pero qué supone realmente que se haya declarado ZPAE?
¿Sirve para algo?
¿Es sólo un título o el ayuntamiento está obligado a hacer algo?
Y so es así… ¿Qué puede hacer el ayuntamiento en una ZPAE para reducir el ruido?

Vamos por partes. Es importante conocer los detalles y ver como hemos llegado hasta aquí para

¿Qué es una Zona de Protección Acústica Especial? 

Las ZPAE son reguladas por primera vez en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, conocida como la Ley del Ruido, en su artículo 25, y su declaración es una obligación para las administraciones competentes cuando se incumplen los objetivos de calidad acústica.

La propia Ley del Ruido apunta de forma genérica a adoptar medidas restrictivas en aquellas zonas declaradas ZPAE, mientras que la ordenanza municipal de ruidos de Logroño, siguiendo las directrices de la ley nacional, establece también en su artículo 16 que…

“las áreas acústicas en las que se incumplan los objetivos de calidad acústica que les correspondan, aún observándose por los emisores acústicos los valores límites aplicables, serán declaradas zonas de protección acústica especial (ZPAE). Esta declaración perseguirá la progresiva reducción de los niveles ambientales hasta los niveles establecidos para el tipo de área de que se trate”

En el artículo 17 de la misma ordenanza de ruidos de Logroño se detalla que la declaración de una ZPAE implicará planes zonales específicos para la mejora acústica progresiva del medio ambiente en las ZPAE hasta alcanzar los objetivos de calidad que le sean de aplicación.

Es decir, sí o sí, una vez declarada la ZPAE, están obligados a tomar medidas.

¿Cómo estamos en Logroño? 

2017 :
El Ayuntamiento de Logroño encargó a la empresa ACC Centro de Acústica Aplicada, un mapa de ruido de ocio nocturno, que debía incluir además de una declaración de zonas tranquilas, los estudios para la declaración de zonas de protección acústica especial y los planes zonales específicos.

2018 :
Dicho trabajo se entregó, incluso se iba a presentar en la Mesa del Ruido, pero los responsables municipales (PP) rechazaron el borrador y no lo entregaron a última hora a la mesa al asegurar que la metodología empleada no era buena. El problema real es que se incumplían los niveles de calidad ambiental en buena parte de la ciudad por las terrazas y hubieran tenido que tomar medidas.

2022 :
El Ayuntamiento (ahora del PSOE) encarga un nuevo mapa de ruido de ocio, esta vez, a la empresa Sincosur. Con Jaime Caballero como concejal se aprobó inicialmente.

2024 :
Se aprueba definitivamente con el PP por acuerdo de Pleno de fecha 6 de junio de 2024, incluidas las zonas de protección acústica especial (ZPAE) correspondientes a la zona centro y a la zona de la C/ Vitoria y alrededores, así como sus correspondientes planes zonales específicos.

Sin embargo estos planes zonales en realidad están por desarrollar y lo pretenderán hacer en la Mesa del Ruido.

Planes zonales específicos y medidas

Sincosur, la autora del estudio técnico, propone seis líneas de acción, que son las que pretendía seguir Jaime Caballero y que ahora deberá seguir el PP, para las dos ZPAE.

Línea 1️⃣
Campaña de sensibilización ciudadana. 

Se plantea la puesta en marcha de una campaña de concienciación ciudadana, con la finalidad de cumplir los objetivos sonoros ambientales que permitan normalizar estas zonas, en la que se ponga de manifiesto que conductas no son adecuadas para el equilibrio entre el derecho al descanso y el derecho al ocio.

Se prevé la realización de jornadas divulgativas, diseños de cartelería, dípticos, posibles iniciativas por parte de los titulares de la hostelería, para el control de comportamientos, aforos, actos incívicos, etc.

Línea 2️⃣
Evaluación de la percepción de la problemática del ruido. 

La evaluación de la molestia ocasionada por el ruido en los ciudadanos de una población y su relación con las principales fuentes de ruido, es fundamental a la hora de proponer acciones de mejora que permitan alcanzar los objetivos de calidad acústica.

El principal objetivo de esta medida es permitir conocer cómo es percibida por los ciudadanos la molestia originada por el ruido del ocio, determinar cuáles son las fuentes de ruido más molestas y los principales efectos que estas fuentes producen.

Con el fin de poder tener un control sobre los niveles acústicos en las zonas donde se determine que hay un mayor incumplimiento de los objetivos acústicos, se diseñará y dimensionará un sistema de estaciones de monitorización ambiental que contribuya además al control de la contaminación para las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) que se están implementando en la ciudad. 

Línea 3️⃣
Control en los establecimientos y actividades

  • Deberá considerarse la posibilidad de no admitir la implantación de nuevas actividades generadoras de ruido en la zona, en cumplimiento del PGOU no se admitirán la implantación de nuevas discotecas. 
  • Se podrán realizar ampliación o reformas en las actividades existentes siempre y cuando den cumplimiento a la normativa acústica y no esté encaminada a aumentar los niveles acústicos. 
  • Se excluye la posibilidad de ampliar las actividades que impliquen mayor aforo. Se permitirá la transformación de actividades y/o el cambio de actividades para evitar las destinadas a hostelería, ocio y esparcimiento.
  • Los locales ubicados en la zona objeto de la declaración funcionarán con puertas y ventanas cerradas, con el fin de evitar la emisión de ruidos del propio local al exterior. 
  • En los establecimientos de hostelería especial con música, los titulares de los establecimientos deberán velar, disponiendo de los medios necesarios, para que los usuarios, al entrar y salir de los locales, no produzcan molestias al vecindario .
  • No se podrán disponer elementos tales como ceniceros, taburetes, mesas altas o cualquier otro que incite a la concentración de clientes en los accesos a los locales. 
  • Durante el montaje y desmontaje, se vigilará el arrastre de sillas, mesas o cualquier otro elemento perteneciente a las actividades que produzcan o sean susceptibles de producir ruidos en el periodo nocturno. 
  • Se revisarán los horarios de funcionamiento terrazas y veladores, especialmente en los días “no festivos o fin de semana”. 
  • Revisar las actividades con horario especial. 
  • Limitación de los días del año, en la que por motivos extraordinarios, se liberaliza el horario de funcionamiento de las actividades. 

Línea 4️⃣
Vigilancia y control. Intensificación del control del orden público

  • Se potenciarán las medidas dirigidas a la vigilancia y control del cumplimiento de la normativa en el ámbito de actuación de las Zonas de Protección Acústica Especial (ZPAE).
  • Se intensificarán los controles de la Policía Local en los horarios nocturnos con el fin de evitar las masificaciones de personas y actos incívicos y de vandalismo. 
  • Se establecerá el control telemático de las cadenas musicales autorizadas mediante limitador controlado. 
  • Se establecerá seguimiento de las distintas calles y actividades anexas o cercanas a las distintas zonas, a fin de determinar en futuras revisiones la ampliación de los límites de las distintas ZPAE.

Línea 5️⃣
Mesa del Ruido. 

Con el fin de que exista un medio de comunicación, participación e información para todos los agentes implicados en la gestión y control de la Zona Acústica Especial se propone la constitución de una mesa de trabajo permanente integrada por miembros del Ayuntamiento (técnicos de los distintos departamentos implicados y policía municipal), representantes de las asociaciones vecinales y representantes de las asociaciones del sector hostelero y turístico.

La mesa del ruido de la ciudad de Logroño es un ente creado en base a lo dispuesto en su plan de acción en materia de contaminación acústica y a los planes zonales de las zonas de protección acústica especial que puedan aprobarse en la ciudad, con el fin de atender al cumplimiento de la normativa vigente reguladora del ruido ambiental, tanto a nivel europeo como estatal. 

Línea 6️⃣
Aislamiento receptores.

Una de las soluciones más comunes, cuando las medidas ejecutadas en el emisor acústico o en el medio de transmisión del ruido no son efectivas, es actuar sobre el receptor. Para ello es necesario incluir la variable acústica en las subvenciones que se realizan en materia de rehabilitación de edificios y planes de aislamiento acústico de viviendas.

¿Por qué el casco antiguo y la zona de la calle Vitoria? 

El estudio de Sincosur, con mediciones fijas con ocho estaciones de monitorización y medidores portátiles en 150 emplazamientos a diferentes horas (día, tarde-noche y madrugada), reflejó que se incumplen de forma sistemática los fines de semana los objetivos de calidad acústica OCA (65 decibelios por el día y 55 noche) alcanzando en zonas y noches de fin de semana incluso los 80 decibelios. 

Hubo alegaciones de vecinos en la aprobación inicial para incluir Herrerías, la plaza Santa Ana y Travesía de Palacio en la ZPAE del casco antiguo, pero fueron desestimadas, En el caso de Herrerías se argumentó que había un restaurante y una cafetería que generaban poco ruido en comparación con el resto de la zona declarada ZPAE y en el caso de Santa Ana y Travesía de Palacio se argumenta que no hay locales de ocio, sino personas en tránsito y botellones y que es competencia de la Policía Local y no de una ZPAE.

¿Qué otras ciudades tienen ZPAE y qué hacen al respecto?

Muchas ciudades de España están tramitando ZPAE, aunque no veo tantas ya declaradas y con medidas en vigor, así que la impresión es que se intentan dilatar, en general, lo máximo posible. Sí están previstas en todas las ordenanzas municipales de ruido siguiendo la ley nacional Cuando están declaradas todos los casos incluyen restricciones a la actividad hostelera pero son muy variadas. Madrid fue la primera .

Madrid

Tiene cuatro zonas declaradas, entre ellas el distrito centro, desde 2012 y revisada en 2018 con nuevas mediciones y medidas renovadas. Las restricciones se aplican en función de los decibelios medidos:

  • Zona de Contaminación Acústica Alta (el ruido es superior a 10db a los OCA): No se admite la nueva implantación, ni la ampliación o modificación de actividades de la clase hostelera. Se restringe el horario de las terrazas, adelantando su cierre. Se limita el tamaño de la terraza a la mitad del aforo interior del local. 
  • Zona de Contaminación Acústica Moderada (el nivel de ruido está entre 5 y 10 superior a los OCA): No se admite que haya nuevos establecimientos con música, pero sí sin música siempre que no haya otro establecimiento de hostelería a menos de 150 metros, lo que en la práctica es casi una prohibición. Se mantiene la misma limitación en el horario de las terrazas y en su aforo.
  • Zona de Contaminación Acústica Baja (menos de 5 dB de ruido por encima en el ambiente exterior): mismas limitaciones que en el caso anterior pero la distancia mínima a la que pueda existir otro local hostelero baja a 75 metros (práctica prohibición también).

En los tres casos, sólo se admite un cambio de actividad hostelera en una licencia cuando la nueva actividad solicitada sea menos molesta que la anterior. 

Bilbao 

Tiene un zona declarada, el entorno del muelle de Uribitarte. La declaró en 2020 y tuvo problemas porque un juez anuló parcialmente varias de las restricciones hosteleras. Ha vuelto a declararla en 2022 con las siguiente medidas:

  • Campañas de concienciación y sensibilización orientadas a la ciudadanía y al sector hostelero, con el fin de conseguir la convivencia entre el derecho al descanso y el disfrute del ocio nocturno.
  • Limitación del horario de terrazas a las 23 horas, así como del consumo de bebidas en el exterior y recogida también de toldos a las 23 horas.
  • No concesión de nuevas licencias ni ampliaciones de actividades del grupo I, II y III definidos en las Ordenanza Local sobre Establecimientos de Hostelería. Tampoco autorizará licencias a establecimientos sujetos a la ordenanza sobre establecimientos comerciales de la alimentación, en horario nocturno, por ser susceptibles de contribuir a la generación de molestias. 
  • La ZPAE se mantendrá en vigor mientras los niveles de ruido estén por encima de 67 decibelios, para lo cual los técnicos realizarán un seguimiento semestral durante un periodo máximo de tres años, tras lo cual se decidirá el mantenimiento o no de la ZPAE. Si durante este tiempo la ZPAE acredita durante dos periodos consecutivos de seis meses niveles por debajo de 67 decibelios se valorará el levantamiento de la misma.

Vitoria

Tiene declaradas ocho ZPAE, entre ellas el casco medieval, que es la que está afectada por el ruido hostelero (el resto son por ruido de tráfico, industrias, ferrocarril, etc).

Medidas genéricas

  • Prohibición de instalar ventanas practicables y repisas y de realizar retranqueos en fachadas (revisión de la ordenanza municipal de Establecimientos Públicos de Hostelería).
  • Evaluar la eliminación de la autorización de instalación de cafeterías en la zona de régimen especial sin necesidad de cumplir la normativa de distancias (PGOU).
  • Declaración de oficio de la caducidad de licencias de establecimientos públicos de hostelería en locales sin funcionamiento.
  • Control de puertas abiertas de locales y emisión de música / ruido al exterior en los establecimientos públicos de hostelería.
  • Eliminación de toldos en fachadas de establecimientos públicos de hostelería en cumplimiento de PERI-1.
  • Acondicionamiento de locales de hostelería fuera de ordenación (Ordenanza Municipal contra el Ruido y las Vibraciones).

Medidas específicas en Zonas de Alta Superación de los OCA (+10 db).

  • Prohibición de eventos susceptibles de generación de ruido en periodo nocturno.
  • Estudio de la aplicabilidad del art. 18.4 de la Ley 37/2003 del Ruido, en cuanto a la restricción de nuevas concesiones de licencias de actividad o presentación de nuevas comunicaciones previas para la implantación de establecimientos públicos de hostelería.
  • Reducción de horario de veladores de los establecimientos públicos de hostelería en periodo nocturno.
  • Modificación de las condiciones de licencia y/o medidas correctoras adicionales en cambios de titularidad de los establecimientos públicos de hostelería.
  • Estudio de una nueva fiscalidad asociada a los establecimientos hosteleros, según su horario de funcionamiento.

Ciudad Real. 

Tiene declarada y en vigor una ZPAE con su plan zonal, en la zona del Torreón. Medidas:

  • Se prohíbe la implantación de nuevas actividades recreativas o espectáculos públicos o altamente contaminantes por ruido.
  • No se podrá ampliar los aforos.
  • Se autorizan los cambios de actividad hacia otras con horarios de cierre más reducidos y que reduzcan el aforo o los niveles de emisión al interior.
  • Se fija el horario de terrazas a las 2 de la madrugada (sábados, domingos y festivos) y a las 1 de la madrugada ( de lunes a viernes) durante los meses de junio a septiembre; el resto del año de octubre a mayo, hasta las doce de la noche.
  • Se prohíbe la ocupación de la vía pública con mesas altas. 
  • Incremento de la presencia de la Policía Local, aumento en el control e inspección de las actividades de ocio, la monitorización del ruido ambiental y elaboración de un estudio de movilidad asociada al ocio. 

A Coruña, Málaga, Alicante, Valencia, Murcia…, y muchas otras ciudades pequeñas tienen planes de acción contra el ruido (Logroño también) donde se prevén declarar ZPAE.



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